Actos corporativos generales.
Se aplicarán las precedencias generales de carácter interno y en su caso, dando un puesto preponderante al Consejo de Administración si el acto en sí lo requiere. El resto de los cargos internos se ordenarán de acuerdo a su categoría y por el orden establecido en el mismo apartado b.i.
Actos corporativos especiales.
Se aplicarán las precedencias generales de carácter interno, poniendo por encima del sitio que le corresponde a aquel cargo que convoca el acto, detrás del Presidente, o del Director General en su caso.
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