Las tripulaciones de las embarcaciones de Canela Sea, vestirán, como uniformes de trabajo, sin perjuicio del uso de los legalmente establecidos en la legislación:
Capitán/Patrón:
- Polo de algodón blanco, manga corta o larga adecuado al tiempo, con el logotipo empresarial bordado en las solapas del cuello.
- En el pecho, a la derecha, irá bordado su cargo y su nombre, con la bandera de España, y a la izquierda, el escudo de Capitán de Yate o Patrón, según sea el caso.
- Pantalón de algodón, largo o bermudas, adecuados al tiempo, en azul corporativo.
- Náuticos azul marino.
- Calcetines azul marino.
- Cazadora (polar o algodón, según el tiempo), con el anagrama bordado en la espalda, y bajo éste, su cargo bordado en blanco.
Marinería:
- Polo de algodón, manga corta o larga adecuado al tiempo, en azul corporativo, con el logotipo bordado en la espalda.
- En el bolsillo delantero, irá bordado su nombre, en blanco.
- Pantalón de algodón, largo o bermudas, adecuados al tiempo, en azul corporativo.
- Náuticos azul marino.
- Calcetines azul marino.
- Cazadora (polar o algodón, según el tiempo), con el anagrama bordado en la espalda, y bajo éste, bordado en blanco, la palabra marinería.
Del mismo modo, los equipos complementarios de trabajo (ropa de agua, buceo, etc.) irán identificados de forma similar a la descrita.
La uniformidad de la tripulación en los actos ajenos y en aquellos en que la presidencia así lo disponga, estará a lo estipulado en la RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 1999, de la Dirección General de la Marina Mercante, sobre uso de uniformes por el personal titulado para el manejo de las embarcaciones de recreo.
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