Se establecen grupos o niveles de invitados a los que se aplicará el tratamiento protocolario que sea preciso en cada nivel, utilizando el mismo orden general en que son relacionados:
- Autoridades.
Son aquellas que pertenecen a las instituciones públicas oficiales, ya estén contempladas o no en el Real Decreto 2099/83 sobre Ordenación General de Precedencias en el Estado.
- Invitados especiales.
Los que en razón a su personalidad, contribución, grado de relación con la empresa o reconocimiento social, cultural, etc. son claramente susceptibles de un tratamiento diferenciado.
- Invitados de honor.
Los invitados de honor son aquellos a los que se les concede, por su trayectoria en la empresa o por su altísimo grado de colaboración, tal distinción, pudiendo coincidir en una autoridad en algunos actos propios.
- Clientes.
Son todos los directores, jefes, responsables, etc., de las empresas que nos suministran clientes generales, así como los titulados en la náutica de recreo que nos proporcionan grupos de clientes generales.
- Colaboradores.
Proveedores, directores, jefes, responsables de las empresas colaboradoras, etc.
- Patrocinadores.
Máximos representantes de las empresas o instituciones que con su aportación contribuyan a la organización de algún acto de la empresa.
- Generales.
Por generales se entiende el resto de los invitados que no se adscribe a ninguno de los grupos antes señalados. Como norma general, se incardinarán en este grupo todos los clientes que hayan hecho uso de los servicios ofrecidos por Canela Sea, o que sean susceptibles de encontrarse potencialmente entre éstos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por compartir su opinión.