Seguridad en la navegación.

La seguridad a bordo de las embarcaciones es responsabilidad directa del Capitán o Patrón, en su caso, quien tendrá la absoluta autoridad para tomar las decisiones precisas encaminadas a la protección de los tripulantes y de los pasajeros, sea cual sea su categoría, y especialmente si debido a ésta, los pasajeros o alguno de ellos, fueran acompañados de su propio personal de seguridad.

En todo caso, y sin perjuicio de las medidas concretas que cada autoridad adopte en relación a su escolta privada, una vez a bordo de la embarcación será responsabilidad del Capitán o Patrón cualquier decisión que ataña a la seguridad de la embarcación y al comportamiento de las personas a bordo.

Por otra parte, se dará escrupuloso cumplimiento a la legislación vigente al respecto, así como a las directrices específicas de la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima.

El Capitán/Patrón será el responsable de proveer a la embarcación de:


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